jueves, 13 de marzo de 2008

Resumen sobre la conquista y la colonizacion

Resumen de la clase de historia latinoamericana del 19/02/08.

Por Albero Rivas.

La época colonial o colonialismo.

La colonización de los territorios americanos no fue obra del azar, hay que considerar que España fue tenida por los musulmanes durante el S. VIII, por que España se lanza a la guerra de reconquista desde el norte y centro de España hacia el sur, esta guerra terminó con la toma de Granada en el 1492. Fue una guerra de la fe, ya que no solo tuvo una dimensión económica, sino que los valores como la honra y el honor era motivo de guerra.

El honor y la riqueza se ganaban más fácilmente por la guerra; se otorgaban honores y tierras a los buenos guerreros.

Los límites de la expansión interna de España fueron logrados, se comenzó a buscar por los mares. Los largos siglos de guerra fronteriza ayudaron a crear un universo de individualismo, pero por la guerra había un fuerte sentido de guerra.

La Iglesia y la Corona son instituciones que facilitaron este hecho. La Iglesia por su parte lo tomó como una forma de cruzada Evangelización, mientras que la Corona se ocupaba de lo económico: señoríos, tierras y demás. La tierra y subsuelo se encontraban bajo el dominio de la Corona y a quien la descubría el rey le concedía la gracia de obtenerla y se autorizaba el asentamiento colonial.

La primera ocupación fue de las islas canarias entre el mil 1480/1490. las conquistas internas le dieron argumentos al marinero genoves Cristóbal Colón, para convencer al rey Fernando e Isabel para realizar esa expedición en busca de nuevas rutas comerciales a las Indias en busca de oro y especias.

Las capitulaciones de Santa Fe.

Este es el marco jurídico del acuerdo entre Colón y la Corona en cuanto a la conquista. Es un acuerdo escrito mediante el cual se estipulan los intereses de ambas partes. Las mismas sostenían que:

Ø El rey financiaba una parte de la empresa colonizadora.

Ø Colón sería virrey y señor de las tierras conquistadas.

Ø Gobernador y almirante hereditario de la mar océano.

Ø En caso de expansión territorial la Corona tenia la autoridad de nombrar oficiales administrativos y colón podía nombrar oficiales jurídicos.

Para legitimar le expansión los reyes pidieron el aval del Papa, pero ya los portugueses se habían adelantado, pues para 1455 hicieron legitimar la colonización de una parte de África, mediante Bula papal de Nicolás V y esta autorizaba la esclavitud y el despojo de los colonizados.

También los españoles fueron a buscar su Bula que se la dio el papa Alejandro VI en 1493 fueron 6, pero la más importante fue “Inter Coeteros” en la cual el papa asume posturas geopolíticas se preveía lo sigu: los portugueses podían llegar 100 millas hacia el oeste de cavo verde y más de las 100 millas sería español, lo que trajo polémicas y el rey les propuso otra cosa a lo portugueses con el tratado de Tordesilla en 1494. Mediante este se ensancha el margen para los portugueses de 100 millas a 300m. Su incidencia reside que por este los portugueses encuentran el Brasil en 1500.

El primer descubrimiento de 1492 es esta isla. La Bula papal y el tratado de Tordesilla constituyen el marco jurídico de los asentamientos coloniales, en los que después será el Continente Americano. Esos tratados fueron objeto de duras críticas, porque impulsaban una consecuencia humana.

Disputas en torno de este proceso de colonización.

Demandas de los teólogos de la escolástica.

Según Santo Tomás de Aquino, la formación de los Estados surgía de la razón natural y por ello era legitimo el poder de los príncipes paganos. La creación del Estado es independiente de la divinidad.

El derecho de propiedad en esta teología también se funda en el orden natural, por esto según ellos como el derecho natural es para todos los pueblos, los exploradores no tienen ningún derecho a despojar a los indígenas de sus posesiones. Otro teólogo dominico Francisco de Vittoria fue el primero que impugnó el derecho de posesión o de propiedad de los españoles en los territorios conquistados, impugnaba la donación papal que figuraba en las Bulas como título valido para la instauración del dominio español sobre terrenos.

Por otro lado estaban los que defendían las Bulas papales, que eran juristas de la corona, uno de ellos llamado Palacio Rubios dedujo que la soberanía derivada del Papa sobre los paganos del nuevo mundo desde la venida de Cristo pasaba ahora más que nunca al monarca de España. A lo que los escolásticos inspirados en Aquino remitieron diciendo que el Cristo no había sido un príncipe terrenal con potestad política sobre toda la tierra, entonces como el Papa podía otorgarse un título universal.

Fray Bartolomé de las casas y Vittoria negaron que Alejandro VI podía transmitir a España el poder secular, el Papa no podía conceder a nadie tierras, mares o señoríos. Otro jurista español en oposición a los teólogos Juan de Solórzano miembro del consejo de Indias, adujo que dudar de la validez de esa donación papal era dudar del poder del vise Dios.

El argumento para colonizar era la evangelización o la misión para los infieles otra cosa que objetaron los teólogos era la imposición por la fuerza a favor de la colonización como Juan Mayor que legitimiza el empleo de la fuerza. También un jurista y humanista que era jesuita Juan Gines de Sepúlveda esta en contra de la conversión forzada, pero hay que hacerle la guerra a lo infieles.

Se utilizó mucho la idea universalista imperial de la edad media para la expansión colonial, el derecho de gente era utilizado para integrar reinos en una comunidad internacional, pero aquí también los escolásticos se opusieron y rechazaron la teoría de un Estado universal para ellos el derecho era natural y no de origen divino.

Otro teólogo dominico muy importante llamado Melchor Cano, para defender el derecho a los soberanos paganos dijo: la tierra es demasiada dispar para ser gobernada como una unidad. No le concierne a los antípodas nuestra empresa ni forma política “autodeterminación” de los pueblos indígenas. Las controversias no cesaron pues los juristas como Gregorio López mantuvieron los pecados de lo indios contra Dios y la naturaleza, nos dan derecho a la conquista.

Colón llegó aquí en el 1492, pero la colonización no se da de una vez fue en el 1493 donde inició realmente este proceso. En el primer viaje vino con 83 personas, en el segundo vinieron 1200 personas en el m1493 entre soldados, marineros, artesanos, comerciantes y aventureros; los cuales vinieron con la idea de buscar riquezas y oro.

Coló era marinero y no administrador por lo que demostró su ineficiencia para estos asuntos, razón por la cual los Reyes nombraron a un administrador en 1501, Fray Nicolás de Ovando, quien inicio un proceso de institucionalización colonial. Lo primero que hizo fue poner orden entre los españoles residentes aquí.

En este orden, Francisco Roldán se reveló (1496/1498) contra los hermanos Colón en reivindicación de sueldos, tierras, indios y riquezas. Prontamente grupos sociales que se consideraban abandonados manifestaron intereses independientes a los de la Corona y Roldan aprovechó la ausencia de Colón para levantarse en protesta por las demandas ya citadas más arriba y esto trajo como consecuencia que se establecieran las “Encomiendas” que eran una repartición de despiada de indios con el fin de buscar oro y otras tareas de forma esclavista, por lo que se dice que era una economía esclavista.

Clase del día 26/02/08: Historia Latino Americana

Por Rafael Frias

  • Muchos historiadores piensan que fue colon que instituyo la esclavitud en América. En 1493, en el segundo viaje de colon, cuando llego a la Hispaniola y vio el fuerte de la Navidad destruido, reconstruyo la ciudad de la Isabela del 1943-1494, con un fin económico.

  • Colon tomo la iniciativa de emprender campañas militares en el interior de la isla con el objetivo de someter la población indígena y obligarle a pagar tributos. Este tributo obligaba a los indios mayores de 14 años. Los tributo se pagaban trimestral: una bolsa de polvo de oro en un cascabel, mas 25 libras de algodón.

  • 1494, los tributos eran cobrados acompañados de una cuadrilla militar. A causa del la obligación del pago del tributo, muchos indios decidieron alzarse en el montañas. De ahí que ha los indios que se alzaron se le llama cimarrones. Para facilitar el cobro de los tributos, Colon erigió fortalezas como la Santa Catalina y la Esperanza. * de modo que se dice que colon fue quien instituyo las bases de la esclavitud.

  • En España existía una mala imagen de Colon, en vista de los conflictos que se estaban dando en las colonias. El padre Boil y Margerit enviaban informes a España sobre la situación acreciente en la hispaniola. Acusaban a Colon de mal gobierno y de cometer abusos de poder.

  • En 1496, cundo Colon sale por segunda vez de la isla hispaniola, se produjo la rebelión de Roldan, la cual duro hasta 1498 y desprestigio la situación de la isla. Cando los reyes de España recibieron estos informes, tomaron la iniciativa de nombrar un juez de residencia (Francisco de Bobadilla), que fue enviado a la española con cargo de gobernador para reemplazar a Colon. Este había sido criado del rey y era comendador de la orden Calatrava.

  • Bobadilla llego a la isla en el año 1501 con poderes absoluto dados por los reyes de España. El hermano de Cristobal Colon: Diego Colon, se opuso a su llegada. A su llegada, Bobadilla declaro libre a los indios distribuidos o asignados por Colon y Roldan. Bobadilla se impuso ante Diego, mostrando su cedula real. También estaba autorizado a ser gobernador de las tierras firmes. Bobadilla se apodero de los bienes de Colon y enfrentó la subordinación de Diego. Esta acción represento el despojo del poder de la familia Colon.

  • Con Francisco Bobadilla se inicia un proceso de Institucionalización y centralización en la colonia. La primera disposición de este fue la liberación de los españoles. Además rebajo los impuestos, inicio un repartimiento equitativo de indios para ganar la simpatía de los españoles. Incremento el trabajo en las minas, le exigió mas esfuerzo. Todas estas medidas ayudaron a revitalizar la economía basada en la agricultura y en la ganadería.

  • Bobadilla organizo el desorden. En 1502, Bobadilla es reemplazado por Nicolás de Ovando, miembro de la orden militar de Alcántara. Con Ovando se produce una mejoría en el cobro del tributo y va progresando el proceso de institucionalización.

  • Ovando llego con 30 naves y 1500 expedicionarios. Algunas de las encomiendas que tenia ovando eran: velar por que se instaure la religión católica en la isla, liberar a los indios de la servidumbre, pero con la permanencia del cobro de impuesto. Se prohibió traer judío y musulmanes y toda persona que no fuera catalán o de __________.

  • Ovando fundo azua, Yaguana Puerto Plata, El Ceibo, Higuey, Puerto Príncipe, Cotui, etc. durante el gobierno de Ovando se erigieron diferentes edificaciones: el hospital San Nicolás, la Iglesia San Francisco, se fomento la agricultura, y se realizaron los primero cultivos experimentales de la caña de azúcar.

  • En 1505, la población de la isla ascendió a unos 12 mil habitantes. Se produjo un desarrollo urbano y económico. El trabajo forzado de los indios se uso para la construcción de estructuras. En 1508, la población indígena se reduce a unos 60, 000.00. las bajas fueron causadas, por suicidio, asesinatos, muerte por explotación y no adaptación al sistema colonial. Ovando dirigió la matanza de Jaragua, en la que murieron cientos de indios. Finalmente, Ovando se marcha en 1509.

Institucionalización

A principio del siglo XVI, la corona estableció una administración burocrática a fin de controlar la población y los flujos económicos en las colonias. La base de esta administración fue puesta por los reyes católicos (Fernando e Isabel).

La primera institución creada fue la casa de la contratación en 1503, en Sevilla, España. Estaba formada por un tesorero, un controlador y un secretario. Esta institución tenia como objetivo supervisar las relaciones marítimas y comerciales entre las indias o colonias y la metrópolis (España). También buscaba garantizar la seguridad y la organización de las embarcaciones y sobre todo controlaba los ingresos tributarios reales que se generaban en las colonias, así como también de la transmisión del correo administrativo en entre las indias y España.

Las autoridades de la casa de la contratación institucionalizaron los conocimientos técnicos y teóricos de navegación. En 1523, la casa de la contratación creo el cargo de Cosmógrafo para el uso y la creación de instrumentos náuticos. En 1552, la casa de la contratación constituyo la cateara de la cosmografía y náutica, esto dio origen mas tarde a la academia de la marina. La casa de la contratación también se doto de una corte de justicia soberana, cuya misión era intervenir en los litigios comerciales ocurridos en el nuevo mundo.

Los españoles también crearon en 1511 “el Consejo de Indias”. Este se creo para vigilar la administración de las indias. Su organización legal se produjo en 1524. Este consejo estaba compuesto por 8 consejeros que acompañaban al rey en todo su desplazamiento. El consejo tenía un carácter jurídico y administrativo.

Algunas de las misiones del consejo eran preparar las leyes y cedulas reales (títulos jurídicos, decretos), redactar las correspondencias administrativas transmitidas por la casa de la contratación. El consejo de india también se encargaba de preparar los nombramientos de funcionarios coloniales. El consejo también funcionaba como una alta corte de justicia, es decir, un tribunal supremo civil.

El consejo era presidido por un presidente. También había un representante de la iglesia. A uno de los consejeros se le daba el titulo de fiscal, con la tarea de vigilar los intereses de la corona. Se puede decir que la misión o función básica del consejo de india era adaptar las formas de gobierno en las colonias a la de los reinos de Castilla. Las dos instituciones anteriores tenían como objetivo común transmitir la voluntad de la corona a las colonias.

En las colonias los responsables de los gobiernos recibían el titulo de adelantado, conjuntamente con el de gobernador, el cual también era el capitán general de todas las fuerzas armadas. Este titulo tuvo su origen en la España medieval.

En los primeros tiempos se las colonias eran administradas a través de los cabildos. Los cabildos estaban compuestos por el alcalde mayor y el alcalde secundario. Algunos alcaldes ejercían las funciones de justicia conjuntamente con un consejo de regidores (de 4 a 12). Debido a la tendencia de los alcaldes de desligarse de los intereses de la corona, en 1535 se creo el titulo de Virrey en América. En 1511, se crea la Audiencia en Santo Domingo.

La institución del virreinato y la de adelantado se originaron en la edad media. Existía desconfianza en las colonias por lo que se nombraron virreyes a fin de mantener el control sobre y defender el interés de la corona. Los virreyes debían de conservar el carisma de los gobernantes, los cuales eran legitimados por la religión. El primer virreinato fue el de Nueva España (México). Este abarcaba a las antillas y a Venezuela.


Clase del dia 04/03/08

Por Keiter Luciano

El virrey tenía potestad para dar su visto bueno a expediciones y a campañas militares. Era el jefe supremo militar de la provincia donde estaba, era el presidente de la Audiencia. En la Audiencias se ocupaba de la organización y el funcionamiento administrativo pero no tenia derecho a meterse en problemas de orden jurídico (no podía decir si se tenia que apresar o no a alguien). El virrey debía respetar la autonomía de las demás capitanías generales y las atribuciones de los gobernadores provinciales además no podían hacer lo que le diera su gana tenia un contrapeso que eran las audiencias que funcionaban como instituciones colegiales.

La Audiencia: eran tribunales de apelación que resolvía conflictos en segunda instancia. La primera Audiencia se fundo en 1511 en Sto.Dgo. y se fundo porque se necesitaba ahorrar a los colonos Españoles los esfuerzos de dirigirse al Consejo de Castilla en la metrópoli, con la audiencia se permite ganar tiempo y eficacia cuando los jueces menores fallaran en una decisión en una cabildo. La fundación de nuevas audiencia se hizo en todas partes con mayor o menor rapidez y para consolidar con sus facultades de orden político. El Consejo de Indias instalo la audiencia de Panamá en 1538 porque había discordia entre los gobernadores de varias provincias. Las audiencias velaban además por el bien de los derechos fiscales de la corona (el tributo, era un tribunal supremo. Como la mayoría de los conflictos eran entre indios y españoles la audiencia tuvo también que intervenir en estos para obtener un mejor trato hacia los indios cuando eran casos de abuso extremo.

Las audiencias americanas tenían pleno poderes para enviar jueces de intrusión y fallar en querellas; a la vez las audiencias tenían potestad para verificar la parcialidad de las medidas adoptadas por las autoridades. Como funcionaban como tribunal de apelación cuando no se estaba de acuerdo en alguna decisión se podía presentar un recurso ante la audiencia de esta forma se revisaba la sentencia y se dictaba un veredicto final sobre tal sentencia, incluso se podían presentar recursos en contra del gobernador.

El corregidor: la colonia americana como en la edad media española se instituyo un puesto de comisario o de control político al que se le llamo corregidor, no hay fecha específica de su instauración pero se calcula que fue alrededor de los 1531 cuando se instalo el primero en América. Este corregidor tenia como función esencial la de hacer respetar la autoridad en el cabildo y hacer prevalecer la justicia en los litigios entre españoles e indios, por esta razón no es casualidad que la mayoría de los corregidores fueron nombrados donde la población indígena era numerosa. El corregidor presidía los trabajos del cabildo, cuando en las elecciones había votos bloqueados o problemas de votaciones, los corregidores intervenían en las votaciones con el objeto de impedir conflictos en los cabildos. A diferencia que España aquí los corregidores nunca desplazaron a los alcaldes de sus funciones en los cabildos.

La iglesia (como institución) la corona según la bula de Alejandro VI recibió un traspaso de poder en caso de que descubriera nuevas tierras, la corona tenia la potestad de nombrar cargos eclesiásticos en las nuevas tierras. El rey nombraba los puestos por medio del consejo de indias y fijaba límites a las nuevas diócesis. Fijaba además las Dimas que era el impuesto que se le debía dar a la iglesia en virtud de la bula de 1501. La iglesia tenía un poder enorme pues ayudaba al rey a controlar la población española por medio del Santo Oficio o la Inquisición.

La inquisición fue instalada como cedula real en América en 1509 pero el primer tribunal fue creado solamente en Lima en 1570 y México en 1581. El objetivo principal del tribunal era el de vigilar todo asomo de herejía, de libertad religiosa en relación a la religión oficial. El segundo objetivo era descubrir todo asomo de presencia de judíos o moraicos. La inquisición en cambio nunca fue una institución que combatió a los indios. La obra principal de la iglesia fue su función de convertir a los indios. Tenía una función de control social en cuanto a los españoles y de conversión en cuanto a los indios.

Las ordenes religiosas que jugaron un papel principal en la colonización fueron: en el primer periodo siglo XVI: Franciscanos, Dominicos y Agustinos. En el segundo siglo XVIII Los Jesuitas.

La economía Colonial.

En la economía de México. Hernán Cortes llega a Veracruz en 1519 en noviembre con 11 navíos y 650 soldados. Entra a la capital y encarcela a Montezuma e inmediatamente los españoles comienzan a destruir los templos aztecas; mientras tanto ya en la Española se esta llevando a cabo una economía de plantación y es por esta razón que los aventureros deciden salir hacia tierras firmes en busca de oro.

Los españoles promueven una sociedad privada, observan en los aztecas una sociedad monárquica basada en una economía despótica tributaria por lo que aprovecharan esto para su beneficio. El primer objetivo de la corona a su llegada a México es frenar la codicia y la expansión esclavista de los hombres de Hernán Cortes por lo que inmediatamente da a conocer que la donación y posesión de tierra dependen únicamente del nombramiento y gracia del rey y no de la riqueza acumulada independientemente.

El interés de la corona era que el tributo pasara a ella y no a los encomenderos privados. Esto se hace a partir de la comprensión que tiene el tributo en la sociedad azteca y del desvió que tiene este hacia la corona, se dio cuenta que debido a la organización de la sociedad azteca esta estaba preparada para colaborar con la administración de la corona siempre y cuando se frenara los intereses de los encomenderos privados. Se comprendió la importancia del tributo en la sociedad azteca por esta razón en 1523 la corona pide a los indios que le continúen pagando el tributo que antes se le daba a los señores aztecas, según sus cálculos el tributo que se pagaba en productos agrícolas y artesanales representaba un 30% de la producción de la comunidad por lo que la corona pidió esta misma cantidad.

La corona se inclina a la conservación de este estado y se opuso a toda iniciativa de los conquistadores que afectara a la corona y pusiera en peligro el sistema tributario, por esta razón se reservo el titulo sobre la tierra, estas se entregaban por obra y gracia de la merced real, todas las posesiones pertenecían a la corona. La mano de obra indígena se usada por los particulares solo se podían obtener por la concepción del virreinato, la corona se constituyo en el arbitro supremo y protector de los indios.

Se desarrollaron minas sobre todo de plata que comienzan a dar su fruto en la segunda mitad del siglo XVI, las empresas españolas que trabajaban en las minas comienzan a pagar impuestos importantes como los tributos. La corona no dejo de defender la comunidad indígena pero fue cediendo poco a poco a las exigencias de los conquistadores en la medida que estos generaban impuestos fiscales importantes, fue por ello que la corona adopto una política de separación entre los indios y los españoles (la republica de los indios y la republica de los españoles), donde los indios permanecían encerrados y sometidos al poder real.

En 1536-1563 se prohíbe la libre circulación de los indios además se prohíbe la convivencia entre encomenderos y encomendados; la libre circulación de mestizos, mulatos y negros.

En las zonas urbanas se aislaron a los indios en barrios especiales pues la corona quería mantener su poder accesible a los indios, con este propósito se dispuso la organización de las aldeas indígenas, estos agrupamientos o aglomeraciones de población tenían su bases jurídicas en las leyes de Burgos (1512) en los cuales se previeron aglomeraciones especializados de indios para controlarlas mejor y así poder disponer de la mano de obra y de los tributos más eficazmente. Esta violenta redistribución de la población aumento la mortalidad, produjo rebeliones y oposición.

La tierra que se le asignaba a estos aglomerados se conoció con el nombre de resguardos. En los resguardos el virrey le atribuía fundo real de 500 mts, siempre con la idea de la propiedad comunal, estos estaban destinados a pastos, bosques y agua.

También se le daban los Propios que eran los terrenos cultivados colectivamente y cuyo producto se destinaba a la caja de la comunidad, esta caja servia para el pago del tributo pero también servia para la asistencia social.

Las tierras de repartimiento eran las que se le daba a los indios para que la familia pudiera cultivar lo que necesitaba para comer por tanto estos productos no pasaban a la caja comunal.

La protección de la propiedad comunal indígena y la recaudación servil y obligatoria del tributo estaban estrechamente vinculadas. Hay además destrucción de los cultos religiosos indígenas pero se mantiene la forma de organización porque se prestaba para la extracción de los tributos.

En el sistema esclavista, el esclavista se apodera de todo los beneficios debido a que el esclavo le pertenece solamente se le da lo necesario para su supervivencia, el sistema instaurado por los españoles se caracteriza no como esclavista ni como feudal sino como despótico tributario porque la corona establece una relación de explotación de comunidades organizadas. El estado es terrateniente y propietario desde esta posición establece relación con las comunidades; pero no hay que perder de vista que el sistema despótico tributario tiene fuerte rasgos del feudalismo y del sistema esclavista.

Para la corona la comunidad tiene sentido cuando tributa por esta razón cuando la corona se da cuenta que la capacidad de tributo indígena había descendido y que los costos eran altos fue dando su apoyo a los encomenderos o a las acciones privadas, estos alegaban que los indios tenían baja capacidad de tributar y que la mayoría de los productos eran en mercancías que no se podían enviar a la corona por esta razón ellos le decían a la corona que dejara que los indios le paguen el tributo a ellos y ellos mas tarde le enviarían pagos en moneda. Amenazado por los colonos de abandonar la tierra el rey cedió temporalmente la distribución de las encomiendas.

De este doble sistema el de la corona (despótico tributario) y el de los encomenderos (encomiendas) surgieron dos nuevos impuestos:

  1. Tributo a la persona privada.
  2. Tributo a la corona.

Por lo que algunas comunidades solamente tributaban al encomendero otras a la corona pero había otras que tributaban a ambos.

Para la recaudación del tributo real se creo un aparato burocrático que estaba organizada así: en la cúspide estaba la contaduría del tributo, los personajes más importantes de la contaduría era el alcalde mayor y el corregidor que eran agentes fiscales.

A los indígenas se les impusieron dos tipos de tributos:

  1. Tributo entero: a los adultos casados de 25 a 55 años.
Medio tributo: a los viudos y a los solteros.

Clase del dia 11/03/08

Por Jairo Perez

El tributo colonial.

El tributo real estaba integrado por productos y trabajos, como el tributo a los encomenderos. El producto más utilizado era el maíz, hasta mediado del siglo XVI el cual era para abastecer a los conquistadores, por ejemplo: los frijoles, el chile, huevos, miel, pescados, ranas y hierbas. También aparece el cacao, usado para el consumo y la exportación, la alfarería y la loza doméstica.

A partir de la segunda audiencia, a mediado XVI se aumentó el tributo de acuerdo a la capacidad y la corona adoptó medida para transformar el sistema tributario.

El servicio personal fue prohibido como forma de tributo, las cuales eran emanadas de la corona pero no eran muy respetadas.

La corona estableció un sistema de asalariado es decir instauración de moneda el peso y el real. Asalariados en áreas como las minas, pero manteniéndolos esclavos.

Se estableció a mediado del siglo XVI una cuota tributaria de un peso y una fanega (unidad de medida) de maíz por tributarios cada mes.

A finales del siglo XVI con el auge de la economía minera el tributo se pagó en moneda la economía se monetarizó con el desarrollo de las minas.

El paso progresivo de pago de tributo monetarizó y obligó al comunero indigena a trabajar para las empresas españolas. Y permitió la integración de las comunidades indígenas es decir, a una economía de mercado, a los que no estaban acostumbrados.

El trabajo asalariado en la nueva España no fue equivalente de respeto de las comunidades indígenas.

Para pagar tributos, el indígena debía concurrir al mercado como vendedor de mercancía y la mercancía eran bienes que producían. El poder central prefería que el indio pagase el dinero cuando la economía era prospera, pero cuando había escasez preferían y exigían el pago de tributo en alimentos.

En 1535-1548 con el comienzo del desarrollo de la minería. Comienza el trabajo remunerado. El auge de la minería dura un siglo.

Los encomenderos obligaban los indios al trabajo asalariado en sus posesiones, mientras el tributo de los aztecas era consumido por la clase dominante de la sociedad Azteca, la corona Española tenía que convertir a la mayor parte de los productos en mercancías para exportar el excedente a las comunidades.

Además del tributo real, las comunidades pagaban 2,5 reales de “hospitales” se pagaba 4 reales tributos de carga de urgencia públicas.

Con el tiempo el indio aumentó de tributo a 8 reales y media fanegas de maíz, mas un 1 real de fabrica y ministros.

El indio, debía diezmar sobre propiedades y productos como ganado y trigo en las cuales se habían instalado. Además había tributo a las cajas comunales de los religiosos.

La derrama, era un tributo eclesiástico a la cual la iglesia sometía a los indios para cubrir los gastos de fiestas, invitados, la derrama era pagado en tributo.

La limosna, había que pagarlo de manera obligatoria. Era una economía de sometimiento y obligatoria y si no se pagaba el tributo era sometida a fuerte castigo.

Las comunidades debían rendir servicios en trabajos gratuitos para toda clase de trabajo de obras públicas y eclesiásticas.

La corona produjo cambio profundo en la comunidad indígenas, esta sometió a un proceso de nivelación, lo primero que desaparece son los estratos dominantes aquellos que tienen relación con la guerra y la religión.

Los pochtecas y los comerciantes aztecas perdieron sus privilegios en la competencia con los comerciantes españoles y fueron desplazados al pequeño comercio local.

Los nobles tuvieron un destino diferente pipiltin y tlatoani, a los que cooperaron fueron eximidos del pago de tributo y eximidos de prohibiciones del uso de ropas españolas y caballos.

Algunos miembros de la nobleza aztecas, los tlatoani, algunos de ellos conservaron sus propiedades y la ampliaron en cambio, los nobles que resistieron al sistema español fueron reducidos a los macehualtin.

Loas miembros de nobleza que se integraran al sistema se transformaran en funcionarios del cabildo.

Periodo de la conquista

Se caracterizó por una destrucción importante de fuerza técnica, los españoles trajeron la rueda, ganadería y caballo y el hierro, lo que le dio superioridad ante los indios.

La destrucción de la fuerza productiva se expresa en la creciente mortalidad de l indígena.

La población indígena era de 25, 000,000 al comienzo, como efecto de las epidemias y malos tratamientos esta población se vio reducida en 1532 a 16, 800,000; en 1548 a

6, 300,000; en 1580 a 1, 900,000 y en 1605 a 1.070.000

Hay una mortalidad de 95%.

La encomienda

A lo largo del siglo XVI, los enemigos del sistema despótico tributario instaurado por la corona eran las encomenderos, simplemente porque los encomenderos se constituyeron en beneficiarios directo del tributo de los trabajos forzados e impidieron la reconstitución tranquila del sistema despótico tributario de la corona, la corona se estableció a través de capixque (centro tributario de los aztecas) por la cual pasaba la corona, pero los encomenderos desconocieron el papel y carácter legal de los capixque y negociaba directamente con los nobles locales.

En el siglo XVI la encomienda es la célula principal del organismo económico colonial a pesar del control que eficacia la corona.

Legalmente la encomienda es una asignación oficial de las comunidades indígenas a un colonizado privilegiado.

El encomendero tuvo obligaciones militares, incluso religiosa, el encomendero debía facilitar la conversión de los indígenas al cristianismo. La encomienda no es una propiedad era un usufructo.

Los indios son teóricamente libres, vasallos del rey y por medio de la encomienda le asignamos. La encomienda no puede ser vendida ni traspasada, cuando moría el encomendero su posesión pasaba a la corona y no era heredable.

El derecho del encomendero sobre el trabajo indígena se origina en una concepción real.

En una real cedula en 1526 viene a legalizar y a dar fuerza a instrucciones de la primera audiencia de nueva España para que se organizasen los repartimiento de indios. Cortés recibió una encomienda de 50 mil indios como gobernador.

El encomendero debía solicitar el permiso para utilizarlo. Algunos encomenderos utilizaban a los indios individualmente sin respetar leyes, pero se estableció la relación en torno al virrey, la corona y las comunidades.

La corona y la iglesia tuvieron la intención de regular, delimitar el tributo a un nivel que permitiera a las comunidades sobrevivir, en cambio los encomenderos en el terreno utilizaban la mano de obra indígena y en el terreno lo explotaban.

Encomienda y esclavitud

Los indígenas sujeto a encomienda y repartimiento eran esclavos, pero esta esclavitud que sufría dio materia a mal entendido históricos; en la medida que no fueron arrancados a sus comunidades, usufructuaban tierras, participaban de relaciones sociales, gozaban de cierto derecho, por ejemplo llevar al encomendero a un juzgado. Pero ello no atenuó el carácter esclavista de la encomienda.

El indio pertenecía a su comunidad no era propiedad del encomendero y eran sometidos cadencia de trabajos insoportables sobre todo con el descubrimiento de los yacimientos de plata.

Eran sometidos a trabajos muy fuertes y tenían que recorrer decenas de kilómetros para trabajar en las minas.

Los indios encomendados estaban sujetos a golpes, torturas, privación de libertad y asesinatos, compra y venta o traspaso a otras encomiendas, alquiler a otro encomenderos ventas como esclavos. Los indios eran reducidos a bestias de carga.

Política fiscal de la corona

La política despótica tributaria que enlazó la corona a los indígenas se agrandó con el desarrollo de la economía del encomendero, porque la corona sacó provecho de esta encomienda.

La corona se benefició del sistema de encomienda, puesto que instauró un sistema fiscal severo y variado par aumentar en ingresos.

Los impuestos más importantes eran:

Quinto real: 1548, consistía en dar el 20%, es decir la quinta parte de lo que representaba la plata en la minería.

Estanco de mercurio: para 1559, para poder extraer la plata era un impuesto para el mercurio.

El almoforifazgo: impuesto aduanal que iba sobre las exportaciones e importaciones 15%.

El estanco de pólvora:

El papel sellado: un derecho equivalente de medio año de salario que debía pagar un empleado público.

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